viernes, 11 de septiembre de 2009

La normativa que regula la colocación de anuncios publicitarios en vehículos

Ya la nueva ley salio en gaceta oficial pero nadie sabe nada de ella.
Va dirigida sobretodo al uso de publicidad en buces y vallas rodantes, prohibieron el uso de pantallas electronicas y luces estroboscopicas asi como tambien los anuncios publicitarios deberán contener un espacio destinado a la divulgación de campaña de educación y seguridad vial y ciudadana.

Ahora esta bastante restringida cualquier tipo de publicidad en vehículos, es un proceso bastante largo y engorroso, hay que pedir un permiso en transito, lo aprobaran únicamente si te riges por la nueva normativa.

La ley pueden bajarla en la pagina de INTTT, o en este link Normativa y Requisitos para Publicidad Móvil y Fíja


VALE DESTACAR:

En el Articulo 6 menciona:

La colocación de letreros indicativos de teléfonos o dirección de ubicación, logotipos y nomenclaturas de identificación de la organización o empresa a la cual pertenece un vehículo se podrá realizar SIN LA SOLICITUD PREVIA DE AUTORIZACIÓN, siempre y cuando se cumpla con las siguientes condiciones:

a. Para los taxis y por puesto en la parte inferior de las puertas, debajo del damero correspondiente, así como, en los laterales superiores y la parte frontal del maletero.
b. Para las motocicletas: en los laterales del espacio destinado para las encomiendas, con dimensiones máximas de 50 cm x 50 cm.
c. Para el resto de los vehículos se podrá ubicar en los laterales siempre y cuando el tamaño y color no altere las características del vehículo especificadas en el Certificado de Registro de Vehículos.
d. A los vehículos de alto riesgo que transportan carga de alto riesgo se le colocarán en las puertas de las cabinas.

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